Esta es una duda frecuente que nos llega a nuestra asesoría fiscal en Valencia.
A los gastos en los suministros habituales (electricidad, gas, agua, telefonía) hay que aplicarle el % de metros cuadrados de la vivienda que el autónomo ha informado que emplea para desarrollar su actividad.
Del importe resultante, podrán deducirse el 30%.